Conoce la normativa y sigue estos consejos para cortar leña aprovechando los recursos forestales


Los interesados en aprovechar los recursos de los montes no gestionados por la Administración regional deben presentar una declaración responsable y seguir estos consejos para cortar leña
Si durante el invierno vas a hacer un aprovechamiento de la madera como leña es conveniente que conozcas la normativa y atiendas ciertas recomendaciones y consejos para cortar leña.
Lo primero es saber que solo podrás hacer este aprovechamiento para el autoconsumo en montes no gestionados por la Administración regional, siendo además solo para uso doméstico (no comercial).
La Comunidad de Madrid ha difundido además algunas normas, como que la eliminación de los restos se haga preferiblemente mediante trituración o astillado, mientras que, para proceder a la quema, se deberá solicitar una autorización en el teléfono gratuito 900 181 628, con al menos cinco días de antelación.


El aprovechamiento de leña es habitual en zonas rurales.
Otro apartado de los consejos para cortar leña busca minimizar las molestias a la fauna protegida, por lo que los trabajos para para cortar y podar madera se han de realizar preferentemente del 1 de septiembre al 15 de febrero. En caso de alargarse, dentro del periodo comprendido entre el 16 de febrero y el 30 de agosto, se asegurará de no producir molestias a la nidificación de especies de aves incluidas en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de la Comunidad de Madrid.


Es obligatorio retirar las partes no aprovechables.
consejos para cortar leña
Otros de los criterios a la hora de aplicar estos consejos para cortar leña es informarse de qué especies tienen normas específicas. Por ejemplo si vas a podar especies del género quercus (encina, rebollo, quejigo…) debes tener en cuenta algunas cosas:
- El periodo de corta y poda es del 1 de noviembre al 1 de abril.
- No se podrán podar ramas de diámetro superior a 20 centímetros, medidos en el lugar de corte.
- No está permitido cortar pies de más de 20 centímetros de diámetro normal (medido a una altura de 1,30 metros del suelo) o 25 de diámetro medido en su base.
- Si los pies tienen más de 10 centímetros de diámetro normal (medido a una altura de 1,30 metros del suelo), no se podrá cortar a hecho o matarrasa. Estas técnicas consisten en escindir todos los árboles de una zona y retirar con maquinaria pesada los que sean maderables, arrancando los tocones de cuajo.


Sigue estos consejos y recomendaciones.
En cuanto a los fresnos, el cortado de su tronco para que produzca brotes, conocido como trasmocho, se puede llevar a cabo del 15 de agosto al 1 de marzo. La corta y poda de estos árboles y del resto de especies se podrá realizar durante todo el año, respetando los periodos de exclusión que indique el Plan Especial de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales en la Comunidad de Madrid (INFOMA) en lo que respecta al uso de maquinaria y, en su caso, eliminación de restos por quema.
Obligación de declaración responsable
Para cortar y podar maderas y su aprovechamiento como leña es necesario tramitar la declaración responsable. La Comunidad de Madrid ha simplificado la gestión reduciendo las cargas administrativas, tal y como se recoge en la conocida como Ley Ómnibus, aprobada en diciembre del año pasado.


Es necesario tramitar una declaración responsable.
Esta diligencia se puede presentar en cualquier momento, pero solo se admitirá como máximo una al año por cada finca, monte o unidad de gestión. Para ello, es necesario rellenar este formulario y enviarlo por registro a la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales.
No tendrán que solicitar autorización ni presentar declaración responsable cuando el aprovechamiento lo realice el titular de los derechos o persona autorizada en el caso de matorral con una altura inferior a 1,5 metros, de especies que no se encuentren protegidas y sobre superficies que no superen los 1.000 metros cuadrados al año.
Tampoco tendrán que hacerlo para ramas muertas o caídas ni en el caso de las cortas de arbolado necesarias para la realización de obras u otros trabajos debidamente autorizados, así como cuando la administración forestal haya tenido intervención en el correspondiente procedimiento administrativo.


Se pueden recoger ramas y árboles caídos.
El resto se encuentran sometidos a autorización expresa por parte de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior. No se incluyen en este procedimiento la realización de estas actuaciones en suelo urbano, que requerirán autorización del Ayuntamiento correspondiente.
Si te ha resultado de interés este reportaje sobre consejos para cortar leña, debes saber que desde Madrid en Verde te acercamos temas de interés relacionados con la sostenibilidad, el medioambiente, el reciclaje o la biodiversidad. Entre nuestro reportajes encontrarás algunos tan interesantes como este sobre los Centros de Educación Ambiental de la Comunidad de Madrid.
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